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Marco jurídico, financiero y tributario.

Aspectos Legales

No existe discriminación en la legislación entre inversores extranjeros y locales. No es obligatorio tener socios ni directores locales, pudiendo ser extranjeros no residentes.

Las inversiones pueden hacerse a nombre de personas físicas, jurídicas o por participación en fideicomisos. Sociedades offshore pueden tener el 100% de la propiedad de estos vehículos.

Las sociedades y fideicomisos deben informar al Banco Central sus beneficiarios finales con participaciones mayores al 15% del capital. Esta información no es pública, solo accede el BCU y la DGI.

Uruguay tiene regulación de control de lavado de activos. Esta designa a bancos, escribanos, estudios jurídicos y otros agentes, como sujetos obligados a realizar dichos controles sobre el origen de los fondos.

Existe regulación moderna sobre asuntos societarios, protección de derechos de minorías, distribución de dividendos y gobierno corporativo.

Aspectos Financieros

El mercado de cambios es libre, los particulares pueden vender y comprar moneda extranjera sin restricciones. Es usual la contratación y facturación en moneda extranjera, así como la operación con cuentas corrientes bancarias en moneda extranjera.

Existe el secreto bancario, que puede ser levantado por circunstancias especiales, a pedido del Poder Judicial o de una autoridad en el exterior cuyo país tenga acuerdo de intercambio de información con Uruguay.

Es libre la repatriación de utilidades y el giro de divisas al exterior en moneda extranjera sin autorización previa, cumpliendo con ciertas normas de control de lavado de activos.

El sistema financiero está integrado por 9 bancos comerciales (extranjeros) y decenas de agentes de valores, corredores de bolsa y asesores de inversión, registrados ante el Banco Central del Uruguay.

La Bolsa de Valores de Montevideo opera básicamente con títulos de deuda soberana uruguaya y obligaciones negociables emitidas por empresas privadas, fideicomisos y entes del Estado. Son escasas las emisiones de acciones. Existe una Bolsa de Opciones y Futuros de diversos activos financieros y no-financieros.

Aspectos Tributarios

Uruguay aplica el criterio de la fuente: se gravan solamente actividades realizadas en el territorio nacional. Este criterio tiene algunas excepciones.

Los principales impuestos a nivel corporativo son:

  • Impuesto a la Renta (IRAE): 25% sobre el resultado neto, con restricciones a la deducción de gastos.
  • La distribución de dividendos está gravada en un 7%.
  • Impuesto al Patrimonio (IP): 1,5% sobre patrimonio a fin de ejercicio (básicamente activos en Uruguay).

Los principales impuestos indirectos son el IVA (22%) y el IMESI (impuesto específico que se aplica a la venta de determinados artículos).

A nivel de personas físicas, los impuestos son los siguientes:

  • Impuesto a la Renta para residentes (IRPF), cuyas tasas dependen del tipo de renta que obtenga.
  • Impuesto a la Renta a los No Residentes (IRNR), cuya tasa es del 12% sobre las rentas obtenidas en Uruguay.
  • Impuesto al Patrimonio, cuya tasa máxima es 0,5% sobre los activos en Uruguay a diciembre de cada año.

Desde el año 2013 Uruguay y Argentina tienen firmado un Tratado de Intercambio de Información Tributaria y convenio para evitar la doble tributación.

Existen diferentes sistemas de incentivos tributarios que exoneran total o parcialmente estos impuestos.

Principales incentivos tributarios

Ley de Inversiones (COMAP)

La ley otorga beneficios fiscales a las empresas que invierten en activos fijos y cumplen determinados objetivos (generación de empleo, incremento de exportaciones, localización y aspectos ambientales, entre otros).

Beneficios fiscales otorgados:

  • Exoneración de IRAE que se determina entre 34% y 100% del monto invertido a ser descontado en determinado plazo, dependiendo del cumplimiento de los objetivos antes mencionados. Por ejercicio el máximo a descontar es del 90% del IRAE, por esta razón la tasa del IRAE puede ser por varios años 2,5% (en lugar del 25%) en aplicación de este beneficio.
  • Exoneración del Impuesto al Patrimonio de los bienes de activo fijo considerados en el proyecto.
  • Exoneración de tributos en la importación (aranceles, tasas, IVA, entre otros).
    Devolución del IVA por los activos fijos del proyecto adquiridos en Uruguay.

Estos beneficios son solicitados ante el Ministerio de Economía, y son otorgados mediante un procedimiento transparente para el inversor.

Ley de Zonas Francas

Otorga exoneraciones totales de todos los impuestos a empresas usuarias de zona franca, que realicen su actividad dentro de las mismas durante el plazo del contrato con el explotador.

Existen 11 zonas francas en Uruguay, con distintos perfiles y actividades permitidas.  
Los empleados extranjeros de las sociedades usuarias pueden optar por no aportar cargas sociales en Uruguay.

Para calificar como usuario es necesario presentar un plan de negocios y obtener una habilitación del Poder Ejecutivo (Area Zonas Francas) además de cumplir con ciertos compromisos.

Ley de Parques Industriales

Regulados por el Ministerio de Industria, los Parques Industriales otorgan algunos beneficios a los usuarios que allí se instalen. El principal es un aumento en un 15% de cualquier porcentaje de exoneración que se obtenga de la Ley de Inversiones, y una exoneración de aportes patronales a la seguridad social, mientras dure la exoneración de IRAE.

Sectores promovidos

Además de los incentivos anteriores, el sistema tributario ofrece exoneraciones específicas de impuestos a determinadas actividades (con algunas condiciones). Algunos de los sectores promovidos son Software,  Forestación, Biotecnología, Energía, Biocombustibles, Maquinaria Agrícola, entre otros.